miércoles, 14 de enero de 2009

AMPLIACIÓN GRATUITA DEL PLAZO DE UN PRÉSTAMO HIPOTECARIO

El Gobierno ha decidido posibiltar la ampliación gratuita del plazo del préstamo hipotcario para los españoles que tengan una hipoteca constituida para el pago de la adquisición de vivienda habitual.

Reflexiones que merece esta medida:
Beneficios (extraidos de la guia informativa publicada por Ministerio Economia y Hacienda):
  • No tendrá que pagar la comisión por ampliación del plazo de su préstamo hipotecario.
  • Estará exento del gravamen por Actos Jurídicos Documentados que se paga cuando se extienden escrituras públicas.
  • Por regla general, si los tipos de interés no varían, un plazo mayor supone una cuota menor.
  • La ampliación del plazo no conllevará gastos notariales ni registrales
Ahora bien, es necesario TENER PRESENTE lo siguiente:

Técnicamente, el único procedimiento para reducir la cuota manteniendo el tipo de interés consiste en alargar el plazo, lo que comporta un alargamiento del ritmo de devolución del capital y un incremento del coste financiero total, por lo que es muy conveniente que antes de decidirse se analicen estos efectos aplicados a la hipoteca en cuestión.

Hay dos circunstancias en las que el alargamiento del préstamo no será una solución viable a su problema de pago que se detallan a continuacion:
  1. Si además de un préstamo hipotecario hay inscritas en el registro otras cargas posteriores (otras hipotecas, embargos, etc.), la entidad de crédito no podrá ofrecerle una ampliación de su préstamo porque con la legislación hipotecaria actual perjudicaría la seguridad jurídica de la operación.

  2. Si su préstamo original tiene ya un plazo de amortización de cuarenta o más años, el alargamiento del plazo tiene un efecto mínimo en la reducción de la cuota y máximo en el encarecimiento de los costes totales.

Por tanto, el recurso a un eventual alargamiento del plazo de amortización es una decisión que requiere un proceso de reflexión previa y posiblemente un asesoramiento profesional sobre sus ventajas e inconvenientes.

Por último, la medida es positiva pero habría qué plantearse a cuánta gente realmente le beneficiará, y en caso de ser beneficiario de la medida si supondrá un alivio presente y futuro, o bien, un alargamiento de una muerte anunciada.


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